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SOCIEDADES PROFESIONALES

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Sociedades profesionales registradas
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ESPACIO DE DESARROLLO PERSONAL ENCRECIMIENTO, S.L.P. CIF:
ACTIVIDAD: PSICOLOGÍA
NÚMERO COP: SP00010
CENTRO DE DESARROLLO INTEGRAL PSICO2 RIOJA, S.C.P. CIF:
ACTIVIDAD: PSICOLOGÍA DE LA SALUD
NÚMERO COP: SP00008
YOLDI OLIVÁN, S.C.P. CIF:
ACTIVIDAD: ACTIVIDAD PROFESIONAL PROPIA DE PSICOLOGÍA Y PSIQUIATRÍA
NÚMERO COP: SP00007
MARIANO LUCAS SOTILLOS Y DOS MAS, S.C.P. CIF:
ACTIVIDAD: ACTIVIDAD PROPIA DE LA MEDICINA Y PSICOLOGÍA
NÚMERO COP: SP00006
PSICÓLOGOS CLÍNICOS PÉREZ-GÓRRIZ, S.C. PROFESIONAL CIF:
ACTIVIDAD: PROPIA DEL EJERCICIO DE LA PSICOLOGÍA
NÚMERO COP: SP00004
GRIJALBA Y HESSEL, PSICÓLOGAS S.C.P. CIF:
ACTIVIDAD: PSICOLOGÍA
NÚMERO COP: SP00003

Procedimiento para la incorporación al REGISTRO DE SOCIEDADES PROFESIONALES DEL COP RIOJA en base al REGLAMENTO

Aprobado en Asamblea General Ordinaria de 26 de junio de 2008
El Registro de Sociedades Profesionales del COP Rioja se crea en aplicación de La Ley 2/2007 de 15 de marzo de Sociedades Profesionales publicada en el BOE 65/2007 de 16 de marzo de 2007 (ref. boletín 07/05584).
En dicho Registro deberán inscribirse las sociedades profesionales de Psicología, cuyo objeto social sea el ejercicio de la psicología de forma exclusiva, y las sociedades profesionales multidisciplinares, dentro de cuyo objeto social figure la psicología además de otras profesiones.
Las Sociedades Profesionales habrán de inscribirse en el Registro del COP Rioja, con antelación o en los 30 días siguientes al inicio efectivo de su actividad.
Cada Sociedad deberá presentar en el Colegio un escrito, según modelo de anexo 1, dirigido a su Junta de Gobierno, al objeto de que proceda a la preceptiva inscripción o denegación de la inscripción, adjuntando la siguiente documentación:
1. Solicitud de inscripción. Anexo 1
2. Hoja registral debidamente cumplimentada. Anexo 2
3. Boletín bancario de sociedades profesionales. Anexo 3
4. Certificado del Registro Mercantil de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en la que conste los siguientes datos identificativos recogidos en el punto 2 del art. 7 de la Ley de Sociedades Profesionales. (remitido de oficio por el Registro Mercantil al COP Rioja)
  • - Identificación de los otorgantes, identificando si son o no socios profesionales.
  • - El Colegio Profesional al que pertenecen los otorgantes y su número de colegiado, acreditándose mediante certificado colegial actual su habilitación para el ejercicio profesional.
  • - La actividad o actividades profesionales que constituyen el objeto social.
  • - La identificación de las personas que se encarguen de la administración y representación, expresando la condición de socio profesional o no de cada una de ellas.
Asimismo, el Colegio establece, en concepto de gasto administrativo las siguientes tasas de inscripción y mantenimiento en el Registro: 5 euros como tasa de inscripción y 5 euros mensuales como tasa de mantenimiento que se abonarán mediante dos recibos al año, en enero y en julio por el importe de los meses acumulados a su vencimiento. El primer pago corresponderá a los meses transcurridos desde el mes siguiente al de la inscripción. Dichas cuotas podrán ser actualizadas por acuerdo de la Asamblea General a propuesta de la Junta de Gobierno.
Cualquier cambio de socios y administradores y cualquier modificación del contrato social será comunicado al Colegio de Psicólogos, al objeto de su inscripción en el Registro del COP.
Cuando una Sociedad cese en su actividad o deje de cumplir los requisitos legales y reglamentarios para su inscripción en el Registro deberá solicitar, en el plazo de un mes desde que se produzca el hecho causante, la cancelación de sus inscripciones en el Registro, mediante escrito dirigido a la Junta de Gobierno.